La medida modifica el artículo 40 de la ley y establece dentro de los requisitos para circular que "los menores de diez (10) años deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema de Retención Infantil homologado al efecto, en relación a su peso y tamaño". No aclara, sin embargo, cuál es el límite de peso y tamaño que debe tener el menor.
Por otro lado, en ese mismo artículo queda establecido que "los ciclomotores no pueden llevar carga ni pasajeros con un peso superior a cuarenta kilogramos (40 kg) y los pasajeros siempre deben viajar con casco reglamentario". "El casco deberá contar con la identificación de dominio del motovehículo, adherida en letras y números reflectantes, sin que coincida con el color de fondo del casco", añade.
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